Red
por los Derechos Humanos de los Niños, Niñas y
Adolescentes
Comité
de los Derechos del Niño al Estado Venezolano:
Es
necesario Plan Nacional de Acción para garantizar derechos de niñas, niños y
adolescentes
El desarrollo de un Plan de Acción
Nacional para atender y proteger los derechos de niños, niñas y adolescentes; la
articulación entre los distintos actores del acontecer nacional (gobierno,
organizaciones civiles, Consejos Comunales, Poderes Públicos, entre otros) con
el fin de garantizar los derechos y la ejecución de programas; la
sistematización de la información estadística que permita un conocimiento
ajustado a la realidad de la situación y problemáticas de este sector de la
población; y el monitoreo y contraloría social, son las prioridades resaltadas
por las y los representantes de la
Los niñas,
niños y adolescentes viven y se desarrollan en una realidad que
impacta sus vidas; como por ejemplo: alcances de los planes y misiones sociales;
la violencia en sus diversas manifestaciones, la reciente reforma de la LOPNA,
los cambios realizados en el sistema de protección, la ausencia o dificultad
para acceder a datos e indicadores desglosados que permitan una vigilancia
eficiente de los planes y actividades, incluida la vigilancia de las
asignaciones y los gastos presupuestarios; la discriminación; son sólo
algunas de las situaciones que
preocupan al Estado y a las organizaciones
sociales y que se hicieron presente en la última sesión del Comité de los
Derechos del Niño en que se abordó la situación de nuestro país.
La
En
2006,
Avances
Entre las principales asuntos valorados como muy positivos por
el Comité en este informe final, están el reconocimiento a la adopción de
numerosas leyes con el fin de dar cumplimiento a la Convención, entre las que
destacan los artículos 75, 76, 78 de la Constitución de
Delincuencia Organizada; La Ley de
Consejos Comunales y la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia.
Asimismo, expresa satisfacción por
la adhesión y ratificación del Estado venezolano a tratados internacionales como
el Estatuto de Roma; Protocolo
Facultativos de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a: la venta
de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños, en la pornografía, el 8 de mayo
de 2002; participación de niños en los conflictos armados, el 23 de septiembre
de 2003; el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas,
especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones
Unidas contra
El informe del Comité también resalta la
ejecución de diversas iniciativas y los logros realizados para facilitar la
inscripción de niñas y niños al nacer, como el Plan de Identidad Yo Soy, por el que se han establecido
unidades hospitalarias del registro civil de nacimientos para garantizar la
inscripción inmediata de todos los niños y las niñas al nacer. Así como la asignación de recursos en
favor de niñas, niños y adolescentes de acuerdo con lo establecido en el marco
jurídico de la LOPNA, y que esos recursos se distribuyen por conducto de los
Fondos de Protección del Niño y del Adolescente a nivel nacional, de Estado y
municipal. El Comité observa que se
ha producido un aumento importante del presupuesto para políticas sociales
gracias a inversiones del sector público y a las misiones
sociales
El Comité observa que
Recomendaciones
El Comité lamenta que no exista un
Plan Nacional de Acción, completo, dedicado específicamente a niñas, niños,
adolescentes y a la aplicación de
El Comité observa que Venezuela
posee un avanzado sistema de protección de los derechos del niño y del
adolescente, legislación que en general es conforme con la Convención e
instituciones para los derechos del niño en diferentes niveles. Sin embargo, el Comité lamenta que no
exista un mecanismo de coordinación adecuado que permita mantener vínculos
efectivos entre las diversas instituciones gubernamentales y no gubernamentales
en los distintos niveles.
El Comité recomienda al Estado
Parte que, en consonancia con el artículo 4 de la Convención, elabore su
presupuesto general, incluidos los presupuestos de las diferentes misiones, de
manera más sistemática, con un
desglose del gasto preciso dedicado a los niños en el gasto público total. De
tal manera que los recursos y las
inversiones en favor de los niños sean más transparentes y se facilite la
supervisión de los gastos.
El Comité señala la necesidad de
mejorar el sistema de información estadística nacional tanto a la producción de
datos como al acceso público, con el fin de aumentar la visibilidad de niñas,
niños y adolescentes en los indicadores y estadísticas nacionales. El Comité
recomienda al Estado Parte que mantenga e intensifique sus esfuerzos para
elaborar un sistema integral de recopilación de datos sobre la aplicación de
El Comité recomienda al Estado
Parte que intensifique sus esfuerzos para difundir información sobre la
Convención en todo el país y para dar a conocer sus principios y disposiciones
al público, en particular a los propios niños y niñas, sus padres, sus
profesores y las autoridades. Con
este fin debería reforzarse la cooperación con las organizaciones de la sociedad
civil, como los centros académicos, los medios de comunicación y las
ONG.
Además, el Comité alienta al
Estado Parte a que redoble sus esfuerzos para ofrecer capacitación y/o
sensibilización adecuadas y sistemáticas sobre los derechos del niño a todos los
grupos profesionales que trabajan para y con los niños y niñas, en particular
los agentes del orden, los parlamentarios, los magistrados, los abogados, el
personal de salud, los profesores, los administradores de escuelas y las demás
personas que lo requieran.
El Comité alienta al Estado Parte a que siga pidiendo asistencia
técnica al UNICEF y al Instituto Interamericano del Niño para la formación de
profesionales.
Al Comité le preocupa la falta de
participación de ONG, organizaciones de niños y los demás asociados pertinentes
en el proceso de preparación de informes, y le inquieta que la reforma de la
LOPNA pueda reducir el margen de acción de las ONG especializadas en los
derechos del niño. Es por ello que recomienda al Estado Parte que fomente el
diálogo y la cooperación con todas las organizaciones de la sociedad civil,
incluidos los Consejos Comunales, las organizaciones de niños y los demás
asociados pertinentes que se ocupan en forma activa y sistemática de los
derechos del niño.
Por
último, el Comité recomienda al Estado Parte que adopte todas las medidas
adecuadas para garantizar la plena aplicación de las presentes recomendaciones,
en particular mediante su transmisión a los miembros del Consejo de Ministros,
Informaciones: